NOTICIAS

Nueva validación de Timbrado Artículo 69-B

A todos nuestros clientes:

Por medio del presente, queremos informarles sobre un cambio relevante en la certificacion de CFDI. Los Proveedores Autorizados de Certificación de CFDI (PAC) se abstendran de certificar comprobantes fiscales digitales (CFDI) emitidos por contribuyentes que se encuentren en los listados publicados conforme al cuarto párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Derivado de lo anterior, a partir de esta actualizacion inmediata. Cualquier timbrado de un CFDI que este en los listados 69-B del Código Fiscal de la Federación seran rechazados.

Agradecemos su confianza.

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Complemento Hidrocarburos y petrolíferos 1.0, será obligatorio a partir del 24/abril/2026

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